A finales del mes de enero la ANC decretó una reforma tributaria sobre las transacciones en dólares y criptoactivos.
La misma se trata de la imposición de un gravamen de entre 5% y 25% sobre dicha transacciones.
Jorge Farías, fundador de una plataforma de criptomonedas, cuestionó la medida.
El experto considera que esta medida podría frenar el avance de la adopción de ese sistema como método de pago en Venezuela.
«Vemos con preocupación que esto llegue a ejecutarse porque podría impulsar un incremento de la evasión fiscal, ya que generaría que muchos comercios no registren los pagos en divisas y en criptoactivos»
Estas declaraciones las dio Farías al diario El Nacional.
También, puntualizó que el discurso madurista gira en torno al ideal de que Venezuela se convierta en un país líder en el uso de criptos.
Sin embargo, dijo, el decreto de la ANC lo contraría.
«Empresas en criptoactivos vemos esto con preocupació,n porque podría frenar la adopción de estas plataformas en las transacciones comerciales», reiteró.
El experto señaló que la resolución de la constituyente aún no se ha definido en detalle. Se aplicará un impuesto, pero no se ha especificado la metodología de cobro.
Enfatizó que el gravamen a las transacciones en criptomonedas en Venezuela es un hecho inédito, pues internacionalmente no tienen este tipo de alícuotas.
Más sobre el impuesto a criptoactivos o a operaciones con divisas extranjeras
Por medio de la Gaceta Oficial 6.507, la ilegitima Asamblea Nacional impuso arbitrariamente una reforma de Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Dicha reforma ordena una sobretasa de entre 5% y 25% para todas operaciones con divisas y criptomonedas.
La reforma cuenta con una excepción sobre el petro.
La ANC modificó de forma irregular el artículo 27 de Decreto con rango, valor y fuerza de Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
La alícuota impositiva sobre el IVA sostendrá “un límite mínimo de 8% y un máximo de 16,5%”.
Mientras que para los bienes y prestaciones de servicios de consumo suntuario, la nueva reforma estableció una alícuota adicional.
La misma será de “entre un límite mínimo de quince por ciento (15%) y un máximo de veinte por ciento (20%)”.
Con redacción de MonitorDolar e información El Nacional